Ha sido condenada una empresa, Serafina Ortega e Hijos por el juez del juzgado de lo social nº 1 de Almería, Sr. Diego zafra Mata por despedir a un trabajador utilizando como excusa una conversación privada de la aplicación de móvil whatsApp.
La empresa utilizó una conversación que anteriormente había sido una prueba en un proceso judicial con el afectado, y que este presentó para demostrar la culpabilidad de la empresa.
Dicha conversación, era privada entre varios trabajadores de la misma empresa y demostraba que la empresa que tenía un procedimiento de erte sobre sus trabajadores estaba realizando horas extra encubiertas.
La empresa utilizó sin ninguna autorización este prueba judicial para emitir un despido contra el trabajador argumentando “vulnerar el código de conducta interno de la empresa y de secreto de los servicios”.
El juez matiza que la presentación de unas pruebas en un juicio contra la empresa no la autoriza a utilizarlas en procedimientos posteriores, ni puede emitir despidos en base al contenido de esas pruebas contra las partes integrantes.
El magistrado llama la atención a la empresa dejándola muy claro que en el proceso laboral se goza de la garantía de indemnidad, que imposibilita adoptar medidas de represalia derivadas del ejercicio del trabajador para defender sus derechos.
La empresa ha sido condenada con la readmisión del trabajador, pago de salarios de tramitación, y a indemnizar con 30.000 euros de daños morales por vulneración del derecho a la intimidad y secreto de las comunicaciones.