Desde el miércoles 14 de abril del 2021 todas las empresas de España estarán obligadas por ley a tener un registro retributivo de los salarios de sus empleados.
Esto se da por la entrada en vigor del Real Decreto sobre la igualdad entre mujeres y hombres, que se aprobó en octubre del 2020 y que ha entrado en vigor 6 meses después para que las empresas puedan reunir la herramientas necesarias para cumplirlas.
Dicha norma tiene como finalidad promover la transparencia salarial en todas las empresas, con el objetivo de combatir la brecha salarial de género.
El gobierno para facilitar el cumplimiento de la norma ha desarrollado junto con los agentes sociales una herramienta de fácil manejo, que las empresas solo tendrán que rellenar con sus datos.
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¿Podrán verlo los empleados?
Todas las empresas que cuenten con una representación sindical podrán hacerlo a través de esta misma, teniendo derecho los trabajadores a conocer el contenido de su ficha personal.
En caso de no existir un comité de empresa sindical, dicha información la debe de facilitar la empresa, pero sólo estará obligada a facilitar las diferencias porcentuales de promedios entre los hombres y las mujeres.
Además de este registro de empleados, todas las empresas de entre 50 y 100 empleados de plantilla deberán contar con un plan de igualdad e incluir una auditoría retributiva que deberá obtener la información necesaria para comprobar que la empresa está cumpliendo con el plan de igualdad salarial de sus empleados.
Además este plan de protección de los empleados, podrá usarse esta información para aportar pruebas en caso de tener que defender sus derechos de manera judicial.
Todos los empleados de la empresa a tiempo parcial, tienen los mismos derechos, incluidos los retributivos, que los empleados a tiempo completo.
Además esta ley advierte de que cualquier tipo de reducción proporcional deberá garantizar que no tenga repercusión negativa en el disfrute de los derechos relacionados con la maternidad y el cuidado de menores o personas dependientes.
