Metodología del Observatorio de intrusismo

El Observatorio de intrusismo de Proseguridad.info analiza, empresa por empresa, si las compañías que prestan servicios de seguridad privada están habilitadas para hacerlo y recoge información verificable sobre su cumplimiento laboral, su solvencia y su actividad en la contratación pública. Su objetivo es ayudar a trabajadores, clientes y administraciones a distinguir a las empresas habilitadas y a detectar el intrusismo, con datos contrastados y fuentes enlazadas. Esta página explica cómo funciona.

Qué analiza el Observatorio

La Ley 5/2014, de Seguridad Privada, reserva la prestación de servicios de seguridad privada a las empresas autorizadas e inscritas en el registro del Ministerio del Interior o en el de la comunidad autónoma competente, y al personal habilitado. El Observatorio se centra en tres preguntas:

  • ¿Está habilitada? Si la empresa figura en el listado oficial de empresas inscritas, con qué actividades y en qué ámbito, y si tiene sanciones firmes en materia de seguridad privada.
  • ¿Compite en condiciones legales? Si aplica el convenio colectivo, paga las nóminas y respeta los derechos laborales, porque abaratar a costa de la plantilla es una de las formas más habituales de competencia desleal en el sector.
  • ¿Hay señales de riesgo? Concursos de acreedores, deudas con Hacienda, cierres y aperturas sucesivas de sociedades u ofertas anormalmente bajas en la contratación pública, que se muestran solo como información.

Tener ficha en el Observatorio no significa que una empresa haya cometido intrusismo ni ninguna irregularidad. El Observatorio no califica a ninguna empresa como «intrusa» o «ilegal»: describe lo que dicen las fuentes oficiales, con su fecha.

Qué significa cada color

  • Verde: el indicador se cumple y hay una fuente que lo acredita.
  • Ámbar: existe un procedimiento abierto, una resolución o sentencia que todavía no es firme o un indicio pendiente de confirmar. Se redacta siempre en condicional.
  • Rojo: incumplimiento acreditado por una resolución o sentencia firme, un acta de la Inspección confirmada o un dato oficial.
  • Gris: no hay datos suficientes. La ausencia de información nunca se convierte en rojo.

Cada indicador muestra su estado, una explicación breve en lenguaje neutro, el enlace a la fuente, la fecha de verificación y un enlace para solicitar su rectificación.

Indicadores

Habilitación: el control del intrusismo

  1. Inscripción en el Registro Nacional de Seguridad Privada. Verde si la empresa figura en el último listado oficial de empresas inscritas que publica la Policía Nacional; se indican la fecha del listado, las actividades autorizadas y su ámbito. Si no figura, se indica literalmente que «no figura en el listado oficial de fecha X».
  2. Sanciones firmes en materia de seguridad privada publicadas en el BOE o en boletines oficiales.

Condiciones laborales y competencia desleal

  1. Convenio colectivo aplicable. Verde si se acredita la aplicación del convenio estatal de empresas de seguridad privada; si la empresa tiene convenio propio, se enlaza su publicación oficial. Rojo solo con resolución o sentencia que acredite el incumplimiento del convenio aplicable.
  2. Sentencias firmes sobre derechos laborales, con enlace al CENDOJ y resumen fiel.
  3. Siniestralidad laboral mortal o grave. Solo se vincula a la empresa si una resolución o sentencia firme declara su responsabilidad.
  4. Impagos o retrasos de nómina acreditados documentalmente.
  5. Subrogación de plantillas conforme al convenio.
  6. Libertad sindical: sentencias firmes por vulneración o despidos nulos de representantes.
  7. Prevención de riesgos laborales: sanciones firmes de la Inspección de Trabajo.
  8. Plan de igualdad registrado en REGCON (obligatorio desde 50 trabajadores).
  9. Canal interno de denuncias conforme a la Ley 2/2023 (obligatorio desde 50 trabajadores).

Solvencia y continuidad societaria

  1. Concurso de acreedores (Registro Público Concursal y BOE).
  2. Lista de deudores de la Agencia Tributaria publicada conforme al artículo 95 bis de la Ley General Tributaria.
  3. Cuentas depositadas en el Registro Mercantil.
  4. Continuidad societaria: cierres y aperturas sucesivas de sociedades con los mismos administradores según el BORME. Es un indicador informativo que nunca pasa a rojo sin una resolución.

Contratación pública

  1. Ofertas anormalmente bajas en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Indicador informativo: como máximo, ámbar.

Aspectos positivos

  1. Certificaciones (ISO 45001, ISO 9001 y otras). Cuando la única fuente es la propia empresa, se indica expresamente.
  2. Formación obligatoria dentro de la jornada y retribuida, acreditada.
  3. Mejoras sobre el convenio acreditadas por la empresa.

Semáforo global

  • Rojo si el indicador de inscripción está en rojo o si lo está alguno de los indicadores de convenio, sentencias laborales, siniestralidad o nóminas.
  • Ámbar si hay algún indicador en ámbar.
  • Verde si los cinco indicadores obligatorios (inscripción, convenio, sentencias laborales, siniestralidad y nóminas) están en verde.
  • En verificación en cualquier otro caso.

Cada ficha muestra además cuántos indicadores de los 19 están verificados.

Fuentes

Solo se usan fuentes oficiales o documentales: el listado de empresas inscritas de la Policía Nacional, el BOE y los boletines autonómicos, el CENDOJ, REGCON, el Registro Público Concursal, la lista de deudores de la Agencia Tributaria, el BORME, la Plataforma de Contratación del Sector Público y la web y los documentos oficiales de la propia empresa. Las noticias de prensa solo se recogen como contexto en el historial y nunca determinan un color.

Periodicidad e historial

Cada ficha se revisa al menos cada seis meses y siempre que la Policía Nacional publica un nuevo listado de empresas inscritas. Los hechos con más de cinco años pasan al historial y no cuentan para el semáforo actual.

Derecho de réplica y rectificación

Antes de publicar un indicador en rojo o un caso que afecte a una empresa con nombre, Proseguridad.info se lo comunica y le concede un plazo razonable para responder. Si responde, su respuesta se publica en la ficha. Cualquier empresa o persona afectada puede solicitar la rectificación de un dato a través de la página de contacto, indicando la ficha y el indicador; las solicitudes se atienden conforme a la Ley Orgánica 2/1984, reguladora del derecho de rectificación.

Independencia

Contratar un plan de pago en el Directorio, patrocinar contenidos o anunciarse en Proseguridad.info no modifica ningún semáforo del Observatorio. Los contenidos patrocinados se identifican siempre como publicidad.

Opiniones de trabajadores

Las opiniones se moderan antes de publicarse, no pueden incluir nombres de personas, insultos ni acusaciones sin prueba, y nunca modifican los semáforos. Cualquier opinión puede denunciarse para su revisión y retirada.

Datos personales

El Observatorio no publica nombres ni datos de trabajadores, mandos o denunciantes. Los profesionales autónomos no forman parte del Observatorio.

Más información en el aviso legal.

Puedes consultar también nuestros criterios editoriales y de fuentes en el FAQ Proseguridad.