UNA SENTENCIA HISTÓRICA DE LA AUDIENCIA NACIONAL CORRIGE AÑOS DE IMPAGO A 469 TRABAJADORES
La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia contundente que marca un antes y un después en la protección de los derechos laborales dentro del sector de la seguridad privada. La empresa INV Seguridad, con una plantilla de 469 empleados, ha sido condenada a abonar con carácter retroactivo el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) desde el año 2019, tras años de aplicar de forma indebida su convenio colectivo de empresa.
Esta decisión judicial no solo obliga a la compañía a pagar las cantidades adeudadas a sus trabajadores, sino que ilegitima de forma explícita las tablas salariales establecidas en su convenio, por considerar que vulneran lo establecido en el Real Decreto 1462/2018, que regula el SMI.
LA CLAVE DEL CONFLICTO: ¿QUÉ ES SALARIAL Y QUÉ NO?
LA ESTRATEGIA DE INV SEGURIDAD
La empresa alegaba que cumplía con el SMI sumando al salario base los pluses de distancia y vestuario, conceptos incluidos en su convenio colectivo como elementos salariales. De este modo, justificaban que el sueldo final alcanzaba el mínimo legal exigido.
Sin embargo, esta interpretación ha sido rechazada rotundamente por la Audiencia Nacional, que considera que dichos conceptos no pueden computarse como parte del salario mínimo, ya que tienen carácter extrasalarial.
¿QUÉ SON LOS CONCEPTOS EXTRASALARIALES?
La sentencia establece que los pluses como el de vestuario o distancia no retribuyen directamente el trabajo del empleado, sino que compensan gastos generados por el desarrollo del mismo. Por tanto, no pueden ser considerados como parte del salario base, ni utilizados para maquillar un cumplimiento aparente del SMI.
Esta interpretación está en línea con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que en varias ocasiones ha aclarado que el SMI debe pagarse íntegramente en concepto de retribución por el trabajo, y no mediante compensaciones por costes asociados.
UNA VICTORIA COLECTIVA DE LOS TRABAJADORES
Este caso ha sido impulsado por organizaciones sindicales que, desde 2019, denunciaban públicamente la situación de los trabajadores de INV Seguridad, muchos de los cuales recibían sueldos que no llegaban al mínimo legal establecido, especialmente en categorías básicas como vigilantes sin arma, auxiliares o controladores de accesos.
La sentencia da la razón a los trabajadores y sus representantes legales, reconociendo que la empresa había estado incumpliendo sistemáticamente sus obligaciones salariales, amparada en un convenio que no respetaba la legislación estatal.
CAMBIO OBLIGATORIO DE LAS TABLAS SALARIALES
Como parte de la sentencia, la Audiencia Nacional ha ordenado a INV Seguridad:
- Modificar todas las tablas salariales de su convenio colectivo de empresa.
- Asegurar que el salario base de todas las categorías profesionales cumpla, por sí solo, con el SMI legal vigente cada año.
- Abonar con carácter retroactivo las cantidades dejadas de percibir desde 2019, lo que supondrá una importante indemnización colectiva para los trabajadores afectados.
REPERCUSIONES EN EL SECTOR DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Este fallo judicial se interpreta como un aviso claro para otras empresas del sector que intenten eludir sus responsabilidades legales mediante convenios de empresa dudosos o manipulaciones salariales.
La sentencia refuerza la jurisprudencia existente que protege a los trabajadores frente a prácticas empresariales abusivas, y blinda el SMI como un derecho irrenunciable, no susceptible de “ajustes” mediante pluses extrasalariales.
Además, impulsa un debate necesario sobre la proliferación de convenios de empresa en el sector de la seguridad privada, algunos de los cuales se utilizan como herramienta para precarizar condiciones laborales y eludir los acuerdos alcanzados en el convenio sectorial estatal.
CONCLUSIÓN: UN GOLPE A LA PRECARIEDAD Y UN TRIUNFO DE LA JUSTICIA SOCIAL
La condena a INV Seguridad marca un precedente judicial que empodera a los trabajadores y envía un mensaje inequívoco al resto del sector: el SMI no se negocia, no se disfraza y no se evade. Los pluses no son excusa para pagar menos, y los convenios de empresa no pueden situarse por debajo de la ley.
Este caso demuestra que, cuando los trabajadores se organizan y denuncian, es posible frenar los abusos empresariales y recuperar derechos perdidos.
Acceso a la sentencia ganada por Alternativa sindical a INV Seguridad.





