El Defensor de los Ciudadanos ha validado una reclamación proveniente del Sindicato de Operarios de Estabilidad y Servicios (STSyS), en la cual se constata un abandono de responsabilidades por el Ministerio del Interior, al omitir la implementación de aspectos de su legislación concerniente a las características técnicas de la indumentaria de los custodios de estabilidad.

Fundamentación de la Alegación

Dicha alegación se fundamenta en el segundo punto del Anexo VIII de la Orden/INT/318/2011, de 1 de febrero, relativa al personal de seguridad privada, que establece: “Las características técnicas (de la Uniformidad) se conformarán a lo estipulado por medio de la respectiva Resolución del Director General de la Policía y de la Guardia Civil”.

Propuesta de Mejora y Respuesta Institucional

Apoyándose en esta, un integrante de dicha entidad sindical propuso ante el Director General de la Policía la mejora de las características técnicas del calzado, obteniendo respuesta del Jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada, que había un esbozo de proyecto del Real Decreto para elaborar el Reglamento de Seguridad Privada, donde se haría referencia a tales características técnicas. “Nos venía a comunicar que la resolución que debería haber sido efectuada por el Director General de la Policía aún no existía en la actualidad”, explican desde STSyS.

Solicitudes al Secretario de Estado de Seguridad

Se solicitó al Secretario de Estado de Seguridad que impartiera las directrices necesarias para materializar dicha regulación y que también se procediera a la unificación, actualización y perfeccionamiento significativo de los materiales actuales que constituyen la uniformidad de los vigilantes de seguridad en el presente.

Silencio Administrativo y Negligencia Normativa

Recibiendo únicamente el silencio de aquellos con la capacidad de ejecutar dichas funciones, lo que se percibe como una negligencia en las responsabilidades de concretar la normativa.

Remisión y Aceptación de la Denuncia

Se remitió al defensor del pueblo tal reclamación y denuncia, siendo esta aceptada por él y que sería objeto de análisis el 30 de marzo del 2021.

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Se tramitó al defensor del pueblo dicha queja y denuncia, esta fue admitida por este y que pasaría a estudio el 30 de marzo del 2021.

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